18 de marzo de 2010
- ALERTA
Empleados de la Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público (CRTSP), lograron revertir las cesantías decretadas por la JREF (Junta de Reestructuración y Estabilización Fiscal), cuando el pasado 2 de marzo de 2010 el Tribunal Supremo emitió una notificación que finalmente confirma una Sentencia del Tribunal de Apelaciones que estableció que estos empleados no podían ser cesanteados por la Ley 7.
Carlos Román Espada, Presidente de la Asociación Laboral de Empleados de Relaciones del Trabajo en Acción (ALERTA), organización que representa a los empleados que radicaron la demanda judicial, expresó: “Nos sentimos muy contentos y satisfechos de que se haya hecho justicia. Tan pronto entregaron las cartas de cesantías a nuestros compañeros y compañeras, acudimos a nuestro asesor legal, el Lic. José Velaz, para orientarnos sobre los pasos a seguir para dar esta batalla legal en la cual finalmente logramos prevalecer.”
Mediante Sentencia del 28 de diciembre de 2009, el Tribunal de Apelaciones concluyó que la Ley Núm. 37 del 10 de julio de 2009, enmendó el Artículo 37.02 de la Ley 7 para excluir a los empleados de la Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público de la fase de cesantías contemplada en dicho estatuto. El foro apelativo sostuvo que dicha enmienda “es clara y libre de toda ambigüedad.”
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